miércoles, 18 de marzo de 2009

El silencio es salud

La Cámara Civil condenó a una empresa vitivinícola a indemnizar a un
empleado que sufrió problemas de audición por el contacto con las
máquinas del establecimiento. El trabajador estaba 8 horas diarias en un
lugar donde había entre 90 y 95 decibeles de ruido cuando en congresos
internacionales se estableció que ese nivel sonoro “puede soportarse sin
daño 5,33 minutos.
Los jueces Ricardo Li Rosi, Fernando Posse Saguier y Hugo Molteni,
integrantes de la Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo
Civil, en autos caratulados “Santucho Hugo Rene c/ Peñaflor S.A. s/
daños y perjuicios”, confirmaron la sentencia de primera instancia que
condenó a la empresa demandada a indemnizar al actor con 18 mil pesos
por los problemas auditivos que padece a causa del contacto que mantuvo
con las máquinas de la compañía que producían ruidos superiores a los
permitidos.
Los magistrados dieron por acreditado que “la existencia de un nexo
causal entre el padecimiento del actor y las condiciones laborales en
las que desarrollaba sus tareas”. Por los hechos el actor sufrió una
“Hipoacusia Bilateral Inducida por ruido (Corticopatía) que le origina
una incapacidad parcial y permanente del 6,7 % de la total obrera que
guarda relación causal con el trabajo”, dictaminó la pericia médica.
Se trata del caso de un empleado del sector de calidad de la empresa
vitivinícola, donde se desempeñó desde 1960 hasta mediados de 1993. El
actor denunció los problemas auditivos que sufrió por el contacto que
tuvo con maquinas fraccionadoras, lavadoras y llenadoras, que “generaban
un impacto sonoro superior al permitido”, destacaron los magistardos.
Las pericias, que se realizaron a través de los registros asentados por
por el Servicio de Higiene y Seguridad de la demandada, ya que al
momento de los estudios la empresa estaba parcialmente desmantelada,
destacaron que los informes de la empresa decían que “ante la
imposibilidad de reducir el ruido en sus fuentes se dispone que todo el
Personal que cumple tareas en los sectores establecidos debe utilizar en
forma permanente protectores auditivos durante toda la jornada de trabajo”.

Los estudios agreagaron que “a los niveles a que estaba sometido el
actor, aún utilizando protectores auditivos, el riesgo de pérdida de
nivel de audición es altísimo si la inserción de los protectores
endoaurales no es correcta”.

El perito calculó que el empleado estaba 8 horas diarios en un lugar
donde había entre 90 y 95 decibeles de ruido cuando en congresos
internacionales se estableció que ese nivel sonoro “puede soportarse sin
daño 5,33 minutos”.

“Por lo expuesto, tengo por suficientemente acreditado que el impacto
sonoro existente en la planta de la firma demandada en la época en la
que el actor trabajaba excedía los niveles máximos esablecidos, no
pudiendo tampoco aportar la emplazada prueba alguna que acredite la
entrega de los protectores auditivos necesarios para palear los efectos
del ruido”, concluyeron los jueces.
Fuente: Dju